Discapacitados

Tarjeta estacionamiento

La Tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad es un documento para aquellas personas con movilidad reducida acreditada, ya sea producida por una discapacidad o por conductas de difícil control a causa de una grave discapacidad intelectual También serán destinatarios de la Tarjeta las entidades que presten servicios de transporte a personas con movilidad reducida y que así lo demuestren.

Reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.

REQUISITOS

Podrán ser titulares de la tarjeta de estacionamiento aquellas personas residentes en Villanueva del Pardillo con movilidad reducida que cumplan los siguientes requisitos:

• Ser mayor de tres años.

• Tener reconocida la imposibilidad o la grave dificultad para la utilización del transporte público colectivo.

• No estar imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera del hogar.

SOLICITUD

La solicitud se presentará en el registro General del Ayuntamiento junto con la siguiente documentación:

• Impreso de solicitud que se recoge en Atención al Ciudadano o mediante el siguiente acceso.

altDescargar impreso de solicitud

• Volante de empadronamiento (se solicita en Plaza Mayor, 1)

•Dos fotografías tamaño carnet

• Fotocopia del DNI del solicitante o de su representante legal y acreditación de dicha condición de representante.

• Dictamen técnico facultativo.

• Anexo III

alt  Descargar Anexo III

Podrán ser también titulares de la tarjeta de estacionamiento las personas jurídicas o entidades que presten servicios de transporte de personas con movilidad reducida y que acrediten que disponen de vehículos para ello, presentando un certificado de la entidad a la que presta el servicio de transporte así como la documentación y relación de matrículas de los vehículos.

OBLIGACIONES

Los titulares de la tarjeta estarán obligados a comunicar al Ayuntamiento, en el plazo de quince días cualquier variación de las circunstancias que motivaron su concesión, a los efectos previstos en el artículo 10 de la Ordenanza. En caso de pérdida, robo o destrucción, deberán comunicarlo inmediatamente al Ayuntamiento y no podrán hacer uso de los derechos reconocidos a los titulares de las tarjetas hasta la expedición de una nueva.

Preguntas Frecuentes

¿DEBO LLEVAR LA TARJETA CONMIGO?

Si, la tarjeta ha de estar visible en el parabrisas del vehículo en el cual viaje la persona a la que se ha adjudicado la misma. Sólo se podrá hacer uso de ella en los espacios habilitados al efecto,  siempre que el titular de la Tarjeta viaje en el vehículo.

¿QUÉ BENEFICIOS IMPLICA LA CONCESIÓN DE LA TARJETA?

1. Permite aparcar sus vehículos más tiempo del autorizado en los lugares de duración de aparcamiento limitado.
2. Permite a los vehículos ocupados por dichas personas, estacionar en cualquier lugar de la vía pública durante el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones.
3. Reservar plazas de aparcamiento en los lugares en donde se compruebe que es necesario, cumpliéndose los requisitos de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

¿EN QUÉ ZONAS Y DURANTE CUÁNTO TIEMPO PUEDO HACER USO DE LA TARJETA?

Podrá hacer uso en todas las zona habilitadas al efecto y en aquellas reservadas para otro tipo de vehiculo o transporte por el tiempo imprescindible y siempre que no se entorpezca la circulación de vehículos o peatones.

¿PUEDEN HABILITAR ESPACIO RESERVADO EN LA PUERTA DE MI VIVIENDA o TRABAJO?

Según la Ordenanza Fiscal nª19 vigente en nuestro municipio, se podrá habilitar espacio a aquellas personas que no posean aparcamiento privado, o  a aquellas que estando en posesión del mismo,  no cumplan los requisitos de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

¿QUÉ OCURRE SI HAGO UN MAL USO DE LA TARJETA?

El uso indebido de la tarjeta dará lugar a la retirada de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse. La reiteración por tercera vez en un año de este tipo de falta, supondrá la retirada de la tarjeta.

¿CUÁL ES EL PERIODO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA?

El periodo de concesión de la Tarjeta depende del informe emitido por el Centro Base el cual evalúa si la discapacidad es definitiva o temporal. . En los supuestos de movilidad reducida de carácter definitivo, la tarjeta de estacionamiento se concederá por periodos de cinco años renovables. En los supuestos de movilidad reducida de carácter temporal el plazo de vigencia dependerá del carácter y duración de la limitación.

¿TIENE ALGÚN COSTE LA EMISION DE LA TARJETA?

No.

¿SE PUEDEN HACER DUPLICADOS DE LA TARJETA?

No, salvo por causa de robo o pérdida debidamente acreditada.

¿LA TARJETA SE ASIGNA A UN VEHÍCULO CONCRETO?

Actualmente la tarjeta se concede a la persona que lo solicita y posee una discapacidad, pudiendo hacerse uso de la misma en cualquier vehículo siempre que la persona a la que se le ha concedido viaje en el mismo.

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