Elecciones Municipales y Autonómicas

Ante la convocatoria de Elecciones a la Asamblea de Madrid, el martes 4 de  mayo de 2021 (Decreto 15/2021 de 10 de marzo, de la presidenta de la Comunidad de Madrid de disolución de la Asamblea de Madrid y de convocatoria de elecciones), el Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ANUNCIA el plazo establecido para CONSULTA DEL CENSO ELECTORAL:

Del 17 DE MARZO al 24 DE MARZO de 2021, ambos inclusive:  

Si no figura en el censo o algún dato es erróneo, se podrá realizar reclamación en el Ayuntamiento (Plaza Mayor, nº1), cumplimentando y entregando el siguiente formulario: 

Las reclamaciones presentadas en tiempo y forma serán remitidas al órgano electoral correspondiente para su resolución y de esta manera poder participar en las Elecciones A LA ASAMBLEA DE  MADRID EL MARTES 4 DE MAYO DE 2021.

 Informarmos a los vecinos sobre las principales fechas que les afectan en este proceso, así como dudas comunes del derecho de sufragio activo:

  • El censo se ha cerrado a fecha 30.12.2020, por lo que cualquier cambio de domicilio padronal posterior no queda reflejado, es decir, vecinos empadronados en Villanueva del Pardillo con posterioridad a esa fecha con derecho de sufragio activoNO VOTAN en Villanueva del Pardillo sino en el municipio en el que estuviesen empadronados con fecha 31 de diciembre de 2020, y si dicho municipio queda fuera de la Comunidad de Madrid NO PUEDEN VOTAR. De ahí la importancia de la consulta censal.  
  • Notificaciones para miembros de mesa electoral: tras el sorteo municipal, a partir del 9 de abril.
  • Envío de tarjetas censales con indicación del colegio electoral y mesa: del 7 al 15 de abril.
  • El derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad, que gocen del mismo según el Régimen Electoral General y que, además, ostenten la condición política de ciudadanos de la Comunidad de Madrid, conforme el artículo 7 de su Estatutode Autonomía. Información más detallada en:  http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/informacion/enlaces/Electores
  • Pese al cierre del Censo a fecha 1 de enero,los vecinos que adquieran la mayoría de edad con posterioridad SÍ saldrán en el censo electoral, y por supuesto, poseen derecho de sufragio activo, siempre que adquieran la mayoría de edad antes o el mismo día de la jornada electoral (4 de mayo). 

 

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