MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS APROBADAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO. 03/04/2020.

Desde la Concejalía de Empleo, con Olga Sancho como Concejal delegada, ante la actual situación de emergencia sanitaria, se informa de las medidas urgentes extraordinarias aprobadas en materia de la protección por desempleo y cómo realizar los diferentes trámites.

El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 ha establecido medidas extraordinarias en materia de la protección por desempleo, que estarán vigentes mientras dure esta situación. Además, todas las medidas adoptadas por el SEPE afectan a las situaciones directamente vinculadas al COVID, aunque hayan sucedido antes del 18 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor de la norma.

Protección por desempleo a los trabajadores afectados por ERTEs: dentro de las medidas específicas adoptadas en el marco de los procedimientos de suspensión temporal de contratos y reducciones temporales de jornada (ERTEs), se establece la protección del conjunto de los trabajadores que se vean afectados por un ERTE, incluido aquellos que no reúnen los requisitos ordinarios de acceso a la prestación. Si se ha visto afectado por un ERTE no tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE.

Desde el inicio de la situación excepcional motivada por la evolución del COVID 19, se han tomado medidas que han tratado de conciliar, por un lado, el cumplimiento de las exigencias de salud pública, y por otro, la preservación de los derechos de los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo.

Prestaciones por desempleo: Ante las limitaciones de movilidad de las personas y el cierre al público de las oficinas de prestaciones, se han adoptado actuaciones destinadas a dar atención a una demanda creciente consideramos importante remarcar que se ha establecido la petición on line de CITA PREVIA VIRTUAL: desde el SEPE se contactará a las personas citadas para atender sus solicitudes, debiéndose indicar un correo electrónico de contacto.

Si se encuentra en una situación de desempleo no motivada por un ERTE solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico).

información sobre demanda de empleo: de la misma manera, en coordinación con los Servicios Públicos de Empleo en el seno del Sistema Nacional de Empleo, se viene trabajando en la flexibilización de los procedimientos de gestión, facilitando la inscripción de la demanda de empleo. Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo, durante este período su demanda permanecerá en alta sin necesidad de acudir a su Oficina a renovarla.

Para más información: https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/medidas-COVID-19.html