USO DE MASCARILLA EN LA ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN VILLANUEVA DEL PARDILLO.24/08/20

El Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Deportes, con Francisco Funes, como concejal delegado, informa sobre el obligatorio uso de mascarillas en instalaciones deportivas.

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, publicó la ORDEN 997/2020, de 7 de agosto, por la que se modificó la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecían medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.

En dicha orden se especifica que todas las actividades deportivas se tienen que realizar CON MASCARILLA a excepción de: 

  • ​En el momento de realizar actividad física al aire libre siempre que, teniendo en cuenta la posible concurrencia de personas y las dimensiones del lugar, pueda garantizarse el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad con personas no convivientes.
  • En los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, siempre y cuando la afluencia de personas permita mantener la distancia interpersonal de seguridad de, al menos, 1,5 metros con personas no convivientes.
  • En el momento de realizar actividad física de alta intensidad en interior, siempre y cuando se respeten 3 metros de distancia de seguridad con otros usuarios o se esté realizando el ejercicio separado por mamparas individuales.
  • Durante el baño en las piscinas y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia interpersonal de seguridad entre todas las personas usuarias no convivientes.
  • Las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos y desplazamientos que se realicen en cualquier instalación deportiva. La limitación de aforo en instalaciones y centros deportivos de interior para la práctica de actividad física y deporte de forma individual o en grupos será de veinticinco personas siempre que no se supere el setenta y cinco por ciento del aforo máximo permitido. La práctica actividad físico-deportiva de deportes de contacto y de combate en instalaciones de interior se limitarán a grupos de 20 personas en los casos de entrenamientos pre competición y a 25 personas en competición.

Rogamos a nuestros vecinos y vecinas que participen con responsabilidad de la prevención y protección sanitaria en nuestro municipio.

Villanueva del Pardillo. Creando un nuevo municipio.

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