Organización Municipal

La Constitución Española garantiza la autonomía de los municipios y establece que su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales.

Los órganos necesarios son:

  • Alcalde Eduardo Fernández Navarro
  • Tenientes de Alcalde: Sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y revocados por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno:
    • Primer Teniente de Alcalde
    • Segundo Teniente de Alcalde
    • Tercer Teniente de Alcalde
  • Pleno Corporativo Municipal: Está integrado por todos los concejales y es presidido por el Alcalde.
  • Junta de Gobierno Local: La dirije y coordina del alcalde y tiene las funciones de gobierno así como las funciones ejecutivas y administrativas previstas en la legislación de régimen local y está integrada porun número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno.
  • Comisiones informativas:Órganos municipales encargados del estudio, informe o funciones no resolutivas de aquellos asuntos cuya resolución es competencia del Pleno. Están integradas exclusivamente por Concejales designados por los distintos grupos políticos de forma proporcional a su representatividad en el Pleno.