Matrimonio Civil y Capitulaciones matrimoniales
Los trámites para el matrimonio civil pueden iniciarse en el Registro Civil del municipio en el que esté domiciliado o tenga su residencia habitual uno o los dos futuros contrayentes.
Si están domiciliados en poblaciones distintas podrán elegir la que más les convenga. El lugar de celebración sin embargo, puede ser cualquier otro Registro Civil, Ayuntamiento o Notaría, a elección de los contrayentes.
OFICINA COLABORADORA DE REGISTRO CIVIL DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
C/ Río Manzanares, 2
Tel. 91 088 08 20Horario: De lunes a viernes de 9:00 h a 14:00 h
1. Inicio del trámite
Tiene que comparecer en el Registro Civil (sin cita previa), uno de los contrayentes, con la instancia debidamente cumplimentada y firmada y el resto de documentación. Ese mismo día se les comunica la fecha para iniciar el Expediente Matrimonial.
El día en que se inicia el Expediente deben presentarse LOS DOS CONTRAYENTES acompañados de DOS TESTIGOS mayores de edad, familiares o amigos que les conozcan, debidamente documentados.
2. Documentación necesaria
INSTANCIA. Una sola firmada por los interesados, que se facilita en la oficia del Registro Civil. Instancia solicitud matrimonio civil
FOTOCOPIA DEL D.N.I de cada uno, y ORIGINALES.
CERTIFICACIÓN LITERAL DE NACIMIENTO de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento. Máximo tres meses de antigüedad. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en Certificado de Nacimiento sede.mjusticia.gob.es
VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO de ambos.
Deberán venir acompañados de DOS TESTIGOS mayores de edad, familiares o amigos que les conozcan, debidamente documentados. Aportar FOTOCOPIA D.N.I de los testigos.
DIVORCIADOS Si alguno de los interesados o ambos, son divorciados, deberán presentar:
CERTIFICACIÓN LITERAL DE MATRIMONIO donde figure la anotación marginal de divorcio. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en Certificado de Matrimonio - sede.mjusticia.gob.es
VIUDOS Si alguno de los interesados o ambos, son viudos, deberán presentar:
CERTIFICACIÓN LITERAL DE MATRIMONIO y CERTIFICACION LITERAL DE DEFUNCIÓN del cónyuge. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en Certificado de Defunción - sede.mjusticia.gob.es
EXTRANJEROS:
Certificado de nacimiento literal, original, actualizado, legalizado, y en su caso, traducido.
Original y copia de la tarjeta de residencia o del pasaporte.
Volante de empadronamiento.
Certificado consular acreditativo del Estado Civil.
Si ha estado casado anteriormente, presentará:
Certificado de matrimonio con nota de divorcio o
Sentencia de divorcio si el divorcio se ha producido en España o en la UE; si el divorcio se ha producido en un país distinto al de su nacionalidad, que no sea España ni la UE, deberá aportar certificado consular acreditando la validez del divorcio.
3. Celebración
Una vez concluido el expediente de matrimonio, se puede optar por celebrarlo en:
Oficina General del Registro Civil de San Lorenzo de El Escorial (Madrid):
Es gratuito y deberán comparecer en el Registro Civil de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) para solicitar fecha y hora.
Ayuntamiento (Pl. Mayor, 2 - Salón de Plenos) :
Normativa: De conformidad con el art. 8 de la Ordenanza Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de celebración de matrimonio civil, la solicitud de la actuación administrativa tendente al otorgamiento de matrimonio civil deberá ir precedida, necesariamente, de la instrucción y tramitación del expediente correspondiente en el Registro Civil competente.
Plazo: Debe solicitarlo con un tiempo mínimo indispensable de quince días.
Donde presentar la solicitud: Se presentará solicitud de Celebración de Boda Civil en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento.
Horario: En horario de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 h.
Documentación:
Modelo de Solicitud de Celebración de Boda Civil
Fotocopias de los Testigos
Justificante de Autoliquidación
Una vez cerrada la fecha y hora deberán comparecer en el Registro Civil para comunicarlo.